Garante/AB1020

Grupo de Práctica Clínica de Universidad de California en San Francisco (University of California, San Francisco, UCSF), Servicios Comerciales con el nombre comercial de SFGH
Medical Group Servicios al Cliente

Políticas y Procedimientos

Política n.º: 1.21
Aprobado por: Administrador del Departamento
Dated: 22 de junio de 2022

La Ley AB1020, en lo que se refiere a los servicios médicos, establece:

(B) La política escrita relativa a los pagos con descuento también incluirá una declaración de que un médico de emergencia, como se define en la Sección 127450, que brinda servicios médicos de emergencia en un hospital que ofrece atención de emergencia también está legalmente obligado a proporcionar descuentos a pacientes sin seguro o a pacientes con costos médicos elevados que estén por debajo del 400 por ciento del nivel de pobreza federal. Esta declaración no debe interpretarse como una imposición de responsabilidades
adicionales al hospital.

La política de SFGH Medical Group se modificó previamente para alinearse con el Programa de Pagos con Descuento por Atención de Caridad del Hospital General Zuckerberg de San Francisco (Zuckerberg San Francisco General Hospital, ZSFG). Nuestra política actual excede los requisitos de la Ley AB1020. Específicamente, nuestra política se basa en el % del nivel de pobreza federal (federal poverty level, FPL) determinado por los asesores financieros del ZSFG. El grupo de práctica clínica limitará el pago previsto por los servicios que presta a pacientes con ingresos iguales o inferiores al 400% del FPL, que cumplan los
requisitos de su política de descuentos, al importe que el grupo esperaría recibir de Medicare o Medi-Cal, lo que sea mayor.